Argentina
LA MARCHA DE LA ECONOMÍA: NUEVOS CONVENIOS COLECTIVOS DE TRABAJO 
Convocarán a las paritarias 

Se reglamentó parte de la ley laboral · El Gobierno comenzará a convocar a empresarios y sindicalistas a partir de marzo del 2001 · Se discutirán salarios y condiciones de trabajo 

El Gobierno reglamentó una parte central de la polémica ley laboral: es la que convoca a los empresarios y a los sindicatos para que discutan los convenios colectivos de trabajo, muchos de los cuales no se renuevan desde 1975. Entre esas actividades que serán objeto de una nueva discusión están metalúrgicos, incluidos los supervisores, comercio, ceramistas, cuero, navales, portuarios y vestido.

La ministra de Trabajo, Patricia Bullrich, le dijo a Clarín que ahora la cartera laboral se tomará unos dos meses para sondear las actividades que podrían ser convocadas a esas paritarias. Y en marzo el ministerio comenzará con el llamado a los gremios con los convenios anteriores a 1988 que fueron prorrogados por la falta de acuerdo entre las partes (ultraactivos).

La importancia del anuncio radica en que esos convenios regulan -por acuerdo entre empresarios y gremios- distintos aspectos de un sector productivo en particular, como ser salarios, condiciones de trabajo, horarios, indemnizaciones especiales, vacaciones, entre otras.

En réplica al anuncio oficial, el titular de la CGT oficial, Rodolfo Daer, anunció ayer que esa central obrera quiere la "urgente convocatoria al Consejo del Salario mínimo, porque vamos a reclamar un sueldo mínimo de 500 pesos". Ese Consejo fue establecido en la Ley de Empleo de 1991 y se reunió dos veces. La última en julio de 1993, cuando fijó un salario mínimo de 200 pesos o 1 peso la hora.

A su vez, Héctor Recalde, jefe de asesores de la CGT "rebelde" encabezada por el camionero Hugo Moyano, dijo a este diario que "la nueva norma es inconstitucional porque lo es la ley que reglamenta".

Categorías

El secretario de Trabajo, Anselmo Riva, explicó el alcance de la reglamentación. Dijo que había tres categorías de convenios de trabajo:

· Los que están vigentes y los que se están renovando por acuerdo entre las partes. En estos casos, ahora se podrá negociar a todo nivel: por empresa, por rama, por grupo de empresas o por actividad. Y estos convenios pueden estar articulados entre sí. Si no hay acuerdo sobre el alcance de la negociación, puede haber arbitraje. Ayer la cartera laboral homologó 7 convenios: 4 de empresa (alimentación, tres de petroleros y gas) y 3 de actividad (petroleros, gas y destilería).

· Los firmados antes de 1988 y que se prorrogaron por la falta de acuerdo. Aquí el ministerio está obligado a convocar a las paritarias, las que dispondrán de dos años para ponerse de acuerdo. Si no hay acuerdo en todo o en algunas cláusulas, el sindicato o ambas partes podrán solicitar un arbitraje. Si no lo solicitan, el convenio o esas cláusulas sobre las que no hay acuerdo perderán vigencia.

· Los firmados después de 1988 y que están vencidos continúan vigentes otros dos años más a partir de su denuncia por cualquiera de las partes. Si no se ponen de acuerdo en ese lapso, podrán solicitar el arbitraje voluntario. Si no piden esta mediación, el convenio caducará, salvo las condiciones salariales, que seguirán vigentes hasta que se celebre otro convenio.

ISMAEL BERMÚDEZ / El Clarín (Argentina), Miércoles 13 de diciembre de 2000

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